La Audiencia Provincial de Barcelona resolvió desestimar el pasado 25 de mayo el recurso de apelación, interpuesto por Catalunya Banc, contra el uso de la entidad especializada en subastas online Activos Concursales SL durante la tercera fase del plan de liquidación de la empresa en concurso de acreedores Rótulos Sodais SL. y que estaba paralizando la enajenación de todos los activos sujetos a deudas hipotecarias.
El auto que aprobaba la liquidación de la concursada fue publicado en julio de 2015 por el Juzgado Mercantil nº7 de Barcelona y Catalunya Banc, haciendo uso de su derecho como acreedor privilegiado, presentó una alegación que le fue desestimada por el Juzgado mediante auto fundamentando que “se considera adecuado el sistema de venta a través de entidad especializada, propuesto por la Administración concursal”, puesto que “el propio sistema de venta online habrá logrado el aumento del precio a través de diversas pujas”.
Desestimación del recurso de Catalunya Banc contra Activos Concursales
Finalmente, la resolución de la Sección Decimoquinta de la Audiencia de Barcelona vuelve a desestimar las pretensiones del acreedor y permite la continuidad del procedimiento concursal que constará de tres etapas –venta directa, dación en pago y subasta online– con el único objetivo de satisfacer las deudas y devengos contraídos por la empresa.
La apelación y el recurso de Catalunya Banc se sustenta en la pretensión de que, en el caso de llegar a la subasta online de los bienes a través de entidad especializada, se le eximiese del pago de los gastos de gestión y se considerasen créditos contra la masa de la concursada en cualquier caso. La Audiencia de Barcelona argumenta en su resolución que “si el Banco quiere evitar la subasta online basta con que haga uso de alguna de las dos opciones anteriores, por lo que se permite que se tenga que acudir a este último recurso, es lógico que asuma los mismos gastos que los demás postores”.
El Plan de Liquidación
El plan de liquidación prevé que antes de llegar a la subasta online hay dos sistemas alternativos. El primero de venta directa, en el cual el titular del crédito privilegiado puede participar ofertando la compra del inmueble a cargo de su crédito. En este sistema no se genera gasto o comisión alguna. En segundo lugar, para el caso de que no se puedan vender directamente los inmuebles, el plan contempla la dación en pago en los términos previstos en el artículo 155 LC, método en el que no se genera comisión alguna. Sólo cuando los bienes no se han podido realizar en venta directa ni en dación en pago, se acudiría al tercer sistema: la subasta online. Y que, según los Magistrados componentes del tribunal, “lógicamente genera unos gastos, derivados de la intervención de un nuevo profesional”.
Doctrina dictada contra recursos de apelación similares
Existe jurisprudencia dictada al respecto recientemente por la Audiencia de Madrid, quien en el pasado mes de abril también desestimó el recurso de apelación interpuesto por la Sareb contra el plan de liquidación de la inmobiliara Teseion, en el que Activos Concursales volvía a ser nombrada entidad especializada. En esta ocasión, el recurso incluía la pretensión de que “la realización de los bienes se efectuase por subasta judicial” y la Sala madrileña fundamenta jurídicamente su dictamen de recusación en base al derecho de la Administración concursal para aplicar los artículos 149.2 y 641 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en los que se regula el uso de persona o entidad especializada en la realización de bienes, y recuerda que el acreedor privilegiado no es el ejecutante de la liquidación.
En cuanto a la reanudación de la liquidación de la empresa Rótulos Sodais, según la Administración concursal, se activará en el portal web www.eactivos.com durante los próximos meses y recuerda que todos los inmuebles y maquinaria se adjudicarán a los mejores postores libres de hipotecas y embargos.
Activos Concursales SL se encargará de la pertinente publicidad de las subastas online, tanto en los principales portales inmobiliarios de compraventa como en las redes sociales, y habilita un servicio de atención telefónica a disposición de los interesados, gestión de visitas organizadas a los inmuebles y, a diferencia de las subastas judiciales, no se requerirá consignación previa del 5% como requisito para participar en las pujas, ventaja que con certeza aumentará la participación de usuarios postores.
ACTUALIZACIÓN:
La Liquidación de Rótulos Sodais está teniendo lugar en nuestra plataforma online eactivos.com:
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